Rompo un silencio de un mes por algo que me ha molestado hasta casi la indignación. Me refiero al fallo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía acerca de la asignatura de Educación para la Ciudadanía. El tribunal estima que algunas frases de los Reales Decretos de aplicación de dicha asignatura rebasan los valores constitucionales y entran el colisión con el derecho de los padres a dirigir moral e ideológicamente la educación de sus hijos. Yo creo que el derecho de los hijos a recibir una educación alejada de sesgos ideológicos erráticos debería estar por encima del derecho de los padres a imponérselos, pero ese es otro debate. Concretamente las frases que molestan al Tribunal Superior andaluz en los curriculos de primaria son: una que habla de que es necesario formar ciudadanos que rechacen "todo tipo de discriminación por razón de nacimiento, de capacidad económica o condición social de género y de raza" y otra que dice que la educación debe ser un fomento "al respeto de las diversas opciones vitales de las personas y los grupos sociales , desarrollando la sensibilidad y la actitud crítica hacia estereotipos racistas, xenófobos, machistas y homófobos". La primera la rechaza porque la Constitución no habla de discriminación de género sino de discrimiación por razón de sexo. Y que introducir el género es ideologizar. Tócate el níspero, Benito. Y declara nula la expresion "de género". En la segunda declara nula la expresión "opciones vitales". Qué miedo, a ver si los chicos de primaria se van a enterar de que la Declaración Universal de los Derechos Humanos consagra el principio de la libertad individual y les va a dar por pensar y elegir por sí mismos.
En lo relativo a la E.S.O. en los Reales Decretos vuelve a declarar nula la expresión "de género" y otra frase que les parece un horror, a saber "dado que la construcción de la identidad es una tarea compleja, es necesario que la contribución de la escuela a ese proceso de construcción huya de la simplificación y de los enfoques esencialistas, para asumir una perspectiva compleja y crítica" según el TSJA rompe el principio de neutralidad ideológica que debe presidir el quehacer de las instituciones públicas. Y esto último quizá sea cierto. Pero si alguien es tan simple y esencialista como para imponer a un adolescente un ideario que niegue la diversidad de modelos válidos y la complejidad en la construcción de la identidad personal, no sé si debería permitírsele la educación de otra persona.
Para colmo el Superior de Andalucía reconoce que no tiene potestad para anular un Real Decreto y es por ello que conmina al Tribunal Supermo a hacerlo, pero pide que mientras éste se pronuncia se aplique cautelarmente su sentencia.
Me indigna que el derecho de los padres a dar a sus hijos una educación sesgada, esencialista y fanática esté por encima del fomento de los valores constitucionales (de su espíritu al menos, más que de su literalidad). Y no sé cuántos padres rechazarán de verdad los valores contenidos en las frases que al TSJA le parecen una intromisión en un derecho paternal, pero espero, por el bien de España, que sean pocos.